27 de octubre de 2017

¡CONSTRUIRÁN CASA DE ACOGIDA!



Procuradora Fiscal de Barahona: “No existe orden de alejamiento, sino de protección”

Por Solimar Betances

La magistrada Yocasta Báez Acosta, procuradora fiscal del Distrito Judicial de Barahona, expresó que no existe orden de alejamiento, que el Ministerio Público lo que da es una orden de protección contra cualquier abusador que pueda cometer un feminicidio en cualquier momento.

Así se refirió la magistrada Báez Acosta, por varios casos de denuncias realizadas por mujeres que solo acuden a la fiscalía para simplemente asustar a sus maridos.

También dijo que el rol de la sociedad es denunciar a tiempo cada uno de los hechos punible, “y nosotros como autoridades empoderarnos, para que los hechos no queden impune”, manifestó la procuradora fiscal.

En este mismo orden, expresó que si el ciudadano no se empodera en denunciar los hechos que están a su alrededor, no se considera parte de esta sociedad.

“Usted tiene que denunciar, porque hoy por uno y mañana por el otro, si usted no denuncia puede ser la próxima víctima”, añadió Báez Acosta.

En otro orden, dio a conocer la construcción de la Casa de Acogida para recibir las denuncias sobre la violencia de género y aclaró que la violencia verbal es muy traumática para la mujer, tanto por el daño psicológico que le ocasiona, como la violencia física.

La información fue dada a conocer durante su ponencia en la  conferencia titulada: “Retos y Desafíos de la Mujer de Hoy”, realizada en la Universidad Católica Tecnológica de Barahona (UCATEBA), con motivo de la celebración de su Décimo Tercer Aniversario.

¿Qué dice la Ley 24-97 sobre orden de alejamiento?

La Ley 24-97 sobre protección de la víctima de violencia intrafamiliar, no contiene la figura de orden de alejamiento, lo que existe según el artículo 309-4 es la orden de protección a favor de la víctima de violencia, sea hombre o mujer.

La orden de protección va más allá de un simple alejamiento, ésta, adopta medidas mínimas de protección de la integridad personal de la víctima, garantizando que la supuesta actuación ilícita por parte del denunciado no persista en lo sucesivo.

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