CPEP dice cada institución es responsable de sustituir Bandera mal estado
De acuerdo con
la Ley 360 sobre Símbolos Patrios, la Bandera Nacional debe ondear en las
oficinas públicas y privadas de 8:00 a.m. a 6:00 p.m., con la excepción de
parques, plazas y monumentos históricos, lugares en los cuales puede estar
durante las 24 horas.
“Los parques
son responsabilidad de las alcaldías y monumentos históricos son competencia de
diferentes instituciones, principalmente el Ministerio de Cultura”, expresó
Efemérides.
Informó que
algunas plazas públicas que son su responsabilidad, “y cada cierto tiempo
procedemos a sustituir las banderas una vez comienzan a deteriorarse”.
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