Indotel aprueba modificación Reglamento para solución de conflictos entre usuarios y empresas
Nota enviada a La Caracola
Santo Domingo.-El Consejo Directivo del
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), modificó el
“Reglamento para la solución de controversias entre los usuarios y las
prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones”, con lo cual este
organismo “constituye el marco reglamentario” que permite a las partes “ventilar
y solucionar las diferencias” que puedan surgir en sus relaciones
contractuales.
Al ofrecer la información, Del Castillo Saviñón, destaca que este Reglamento
crea los principios básicos de derechos y obligaciones en que se basarán los
usuarios y las prestadoras para la prestación de servicios, de manera que
contribuyan a “minimizar posibles controversias”.
Dijo que la medida define
igualmente las normas y procedimientos que deberán aplicarse a la reclamación
del usuario en contra de la prestadora de servicios cuando se suscite alguna
diferencia. Además regula la intervención del Indotel “en los casos en los que
se reclame que el derecho del usuario está siendo vulnerado de conformidad con
la ley”.
Refirió que la resolución
establece una lista no limitativa de asuntos que pueden ser susceptibles de
reclamación por parte de los usuarios y, en consecuencia, materia de
reglamentación. En tal sentido, resaltó los conflictos relativos al
cumplimiento efectivo de la provisión del servicio, facturación acorde a lo
consumido, el contrato de servicio, de instalación, activación o cancelación.
Se reglamenta también el
traslado, suspensión o corte, retiro, tratamiento de averías, problemas de
calidad en los servicios, la entrega de factura en la dirección electrónica, si
así el usuario lo autorizase. “En general, la resolución abarca cualquier
reclamo o queja basado en el servicio brindado, excepto reclamaciones de
indemnización por daños y perjuicios”, precisó el presidente del Indotel.
Calidad de las
telecomunicaciones
Informó que en la
modificación del Reglamento, se define como “problema de calidad en el servicio”
a la irregularidad en la prestación “que derive del inadecuado funcionamiento
de la red. Específicamente, la “comunicación imperceptible, intermitencia, ruido,
interferencia en línea, señales borrosas y la imposibilidad o dificultad de
recepción de la señal y su contenido”.
Igualmente “la degradación de
la velocidad de transferencia de datos (siempre y cuando no se trate de casos
en los cuales el usuario haya consumido la totalidad de su paquete de datos), o
bien de escuchar o hacerse escuchar, pérdida de audio, entre otros”.
“Se considera problema de
calidad de los servicios, la inadecuada atención al usuario, la dilación en la
corrección de averías y en la recepción de quejas. “En general, cualquier
dificultad que impida que la prestación del servicio se realice conforme con
las condiciones acordadas entre el usuario y la prestadora y los requisitos
establecidos por el Indotel”, precisó la resolución según el presidente del
órgano regulador.
La nueva norma establece
plazos muchos más expeditos para la atención de problemas de calidad, tanto por
la prestadora como en la intervención del Indotel.
Derechos y obligaciones de
usuarios
Manifestó Del Castillo, que la resoluciónm en el artículo 5 del capítulo 3, identifica 28 derechos de los usuarios
y las prestadoras, resaltando entre los derechos incluidos en la presente
modificación, el “derecho a un período de prueba de 7 días, así como el derecho
a contratar el servicio sin que lo aten a un período mínimo de contrato”, y a
“cancelar el contrato sin penalidad en caso de no aceptar aumentos en la tarifa
dispuestos por la prestadora durante la vigencia mínima de contrato”.
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