Por Juan Llado
El turismo es hoy el más prometedor filón de
desarrollo económico del país. El desarrollo de infraestructura turística en
las áreas protegidas, por tanto, es un tema espinoso que amerita un profundo
debate. Porque si bien es deseable y pertinente la estrecha vigilancia que
sobre estas mantienen los ambientalistas, su tajante oposición al proyecto
hotelero Leaf de la
empresa Globalia resulta cuestionable. Parecería que están exagerando
el impacto que este podría tener sobre el Parque Nacional Cotubanamá, el de
mayor atracción turística en el país. Sin embargo, la normativa existente es
tan deficiente, y su aplicación tan negligente, que podrían tener razón.
Aquí el desarrollo de infraestructura
turística en un área protegida se vislumbró por primera vez en el Plan de Manejo del Parque Nacional
Jaragua que elaboró en el 1986 la cooperación alemana. Si bien ese
Plan visualizaba y permitía la visitación turística, las instalaciones que
prescribió eran livianas. Pero hace años que una propuesta
de una firma francesa (Argos) para construir cuatro ecolodges en su entorno, fue rechazada. Un respetado funcionario del Ministerio Ambiente produjo unas
prescripciones alternativas (Mateo, 2006) para el aprovechamiento turístico de
Bahía de las Águilas, las cuales son cónsonas con el criterio de la liviandad.
Este aplica aun cuando la Ley
Sectorial No.202-04 que establece el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas, segregó la
playa del Parque Nacional Jaragua y
la ubicó, entre las categorías de manejo de las áreas protegidas
vigentes entonces, en una de mucho menor restricción de uso: VI Paisaje
Protegido (y en su subcategoría Área Nacional de Recreo).
De hechon la comunidad ambientalista se ha opuesto
tajantemente al desarrollo de infraestructura hotelera pesada
en esa playa, recomendando en cambio su ubicación en Cabo Rojo. Existe desde el
2004 una propuesta de la Comisión
Ambiental de la UASD y de la Academia de Ciencias en
ese sentido. Esa recomendación fue adoptada tanto en el Plan de
Ordenamiento Territorial Turistico para
Pedernales del MITUR (2012), como por el Plan Maestro que el pasado año elaboró
una firma de
arquitectos canadienses (el cual ha sido avalado
por la Academia de Ciencias). En todos impera el criterio de que el potencial
turístico de Bahía de las Águilas puede ser aprovechado de manera sostenible, siempre que la infraestructura hotelera pesada no se construya en su entorno, sino en sus inmediaciones. El caso es similar al del proyecto Leaf, el cual estaría enclavado
en un Paisaje Protegido y en el Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano
(ver gráfica).
Desde el 2002
tiene directrices
específicas sobre el manejo de la categoría V.
En nuestro país las áreas protegidas cubren un
25.2% del territorio nacional y un 75% del litoral costero-marino. Sin embargo,
“el 44% de las 125
áreas protegidas del país, carece de infraestructuras de vigilancia y
de dotación de personal y equipamiento adecuado para una efectiva protección,
mientras que solo 31 de
ellas disponen de planes de manejo.” En
particular, el Parque Nacional Cotubanamá, antiguo Parque del Este, discurre en
una superficie de “alrededor de 18km de largo de norte a sur y 22km de ancho de
este a oeste (11km de ancho en su extremo sur).” Su primer plan de manejo data
del 1980 y posteriormente se han elaborado un “Plan
de Conservación de Sitio” (mayo del 2004) y un Plan de Manejo del
Parque del Este (2013). Por concentrarse en el manejo del turismo, el Plan de Acción para la Gestión y Monitoreo Turistico del
Parque del Este, preparado por The Nature Conservancy en el 2013, es
el más relevante, aunque ha tenido escasa aplicación.
El Leaf de
Globablia ha sido denunciado como violatorio de los objetivos nacionales de
conservación ecológica. El argumento fundamental es que, a pesar de que la
ubicación del proyecto estaría en la zona de amortiguamiento del Parque
Nacional Cotubanamá y en un área protegida de la menor protección de uso (Área
Nacional de Recreo), esta comporta una gran importancia para la funcionalidad
del ecosistema del Parque y debe ser considerada en su conjunto con este. Aquí
es donde comienza a agudizarse la controversia, porque este ultimo dictamen se
presta a serios cuestionamientos. Esto así, porque el nivel de restricción de
uso del Parque se estaría aplicando al de la categoría V, Paisaje Protegido.
Aunque este ha sido el caso en Bahía de las Águilas, pero ahí la fragilidad del
ecosistema es muy superior.
Lo debatible es si la llamada “zona de
amortiguamiento”, es decir, la que colinda en este caso con los linderos del
Parque Nacional, también debe sujetarse a las mismas restricciones de uso que
las aplicables al Parque. Eso implicaría que, además del territorio nacional
que esta designado como área protegida, podría añadirse otra porción del
territorio no protegido específicamente, que nos llevaría a que la mitad de la
superficie nacional estuviese restringida para fines de desarrollo turístico.
Eso es muy cuestionable, si solo porque en los
países de America Latina el promedio del territorio protegido es un 10%,
mientras la meta de Naciones Unidas es un 17%.
Sobre los antecedentes del referido proyecto
de Globalia, la prensa ha reportado que tanto la adquisición de los terrenos
para el proyecto, como el proyecto mismo, habían sido debidamente autorizados
por las autoridades competentes. Los ambientalistas, sin embargo, piden que se declaren
nulas tales autorizaciones, en virtud del daño ecológico que prevén que generaría Leaf. En vista de que tal
petición atenta contra la seguridad jurídica de los inversionistas, el gobierno
ha designado una comisión para estudiar si procede levantar la suspensión
temporal que decretó para el proyecto. Globalia
ha anunciado que acatara la decisión del gobierno al
respecto.
Las conclusiones de esa comisión tendrán una
repercusión trascendental, porque gran parte del área del Parque Nacional
Cotubanamá se presta para un extenso desarrollo turístico. (Ya Bayahibe y la
misma Isla Saona son objeto de una intensa explotación turística.) Dado el
enorme potencial de desarrollo de toda esa comarca, entonces, se tendrá que
“hilar fino” para determinar hasta qué punto se puede permitir el desarrollo
turístico. Un país con los índices de pobreza como los que tenemos, no puede
darse el lujo de desaprovechar inversiones que creen empleo y produzcan
bienestar a la población. Pero el desarrollo turístico también debe
compatibilizarse con la protección
de los ecosistemas y la biodiversidad para
contrarrestar sus “presiones antropogénicas”.
La cuestión del aprovechamiento turístico de
las áreas protegidas tiene serias implicaciones. Los mismos ambientalistas han
denunciado que la Ley No.202-04 está llena de contradicciones e incongruencias.
Un reporte de la misma Academia de Ciencias –que ya no está en línea– así lo establece,
amén de lo
señalado en un foro sobre el tema que
calificó a esa ley como “infuncional e inaplicable por una serie de omisiones,
asignación de categorías inapropiadas, limites confusos, equívocos o
inapropiados y errores técnicos de fondo.”
Urge pues corregir los desvaríos de la Ley
202-04 y detallar en una nueva legislación las directrices de uso turístico de
las áreas protegidas,en consonancia
con las dictadas por la UICN. El caso es como para ponerse en manos del PNUD, una
entidad que ya bregó con el tema de la
sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Mientras,
es tiempo ya de que el Ministerio Ambiente establezca una gestión modelo en el
Parque Nacional Cotubanamá, el de mayor atractivo y visitación turística del
país y de la región del Caribe.
Después de todo, el Parque genera recursos mas
que suficientes para financiarla.

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