El fallo favorece a Ana Francisca Espinosa Tejada, a quien el TC le acogió una acción de amparo que interpuso el 29 de mayo del 2015.
Según el expediente del TC, Espinosa Tejada estuvo recibiendo una pensión hasta el 2000, año en que le fue retirada bajo el alegato de que sus hijos habían adquirido la mayoría de edad.
En 2014 Espinosa Tejada presentó una acción de amparo reclamando la pensión de cónyuge sobreviviente, la cual fue declarada extemporánea por el Tribunal Superior Administrativo, por lo cual recurrió ante el TC.
El TC consideró que procede el restablecimiento de la pensión de cónyuge sobreviviente, en razón de que a la señora Espinosa Tejada le corresponde por haber mantenido una relación de hecho por más de veinticinco años con Acosta Santillán, quien en su condición de militar prestó servicio al Ministerio de Defensa durante 30 años.
La decisión del TC está contenida en la sentencia 07/17, de fecha 4 de enero del 2017.
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