Por Solimar Betances
El Director Provincial de Medio Ambiente en esta ciudad, Ing.
Luis Piña, informó que a su llegada a esa institución, detuvieron la recolección de cantos
rodados, mejor conocidos como bolos y chatas, debido a que no estaba
transparentado y regulado por la Dirección Provincial de Medio Ambiente, por lo
que fue necesario hacer un compás de espera para regular esta actividad y hacer
oficial los volúmenes que se pueden estar
aprovechando en determinado momento, según las evaluaciones técnicas.
El Ing. Piña aclaró ese material de playa es un material no consolidado, producto
de la desintegración de la roca madre, que es transportado por los causes de
los ríos de diferente distancias y lugares, aguas arriba de las cuencas, y se
depositan en el mar, sometiéndolos a un proceso natural y dinámico de pulimento.
También expreso que: "este es un
material transportado, o sea, que no es propio del mar. Los ríos los van
depositando en el litoral marino y si el ser humano no los aprovecha, entonces
el mar vuelve y lo incorpora, porque es un proceso que esta sujeto a la
dinámica costera. Esto es una oportunidad de desarrollo para aquellos pueblos que tienen un recurso natural renovable como
este, sin tener que hacerle daño al ecosistema".
En ese sentido, aclaró que para la
recolección de los bolos y las chatas no se utilizan equipos, se realiza
con las manos, siendo las actividades artesanales menos dañinas que existen
en el mundo, garantizando los menores impactos posibles.
"Anteriormente
estos recursos no se aprovechaban por un desconocimiento de la gente y hoy eso
tiene un valor económico que debe ser aprovechado bajo la implementación de un
plan de manejo", expresó Piña.
El funcionario de Medio Ambiente, informó que para obtener un permiso para la extracción y transporte de este material,
las asociaciones interesadas deben cumplir con los siguientes pasos: Una carta
de no objeción del ayuntamiento, una carta de la sociedad ecológica, en este
caso la de Paraíso, una carta de intensión de parte de la asociación, un informe
de las evaluaciones técnicas realizadas por un personal de Medio Ambiente,
y el pago de los impuestos reglamentarios, según la ley 64-00.
Cumplido estos pasos, se le otorga un Certificado
de Registro de Impacto Mínimo (CRIM), firmado y sellado por la Dirección
Provincial, que sirve como carta de ruta, con el cual ellos pueden trasladarse
en toda la Geografía Nacional. Por lo que esta actividad artesanal no está
prohibida; es regulada, controlada y fiscalizada por la Dirección
Provincial de Medio Ambiente .
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