Indotel clausura emisoras
operaban ilegalmente en el Cibao
Santo Domingo.-El
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) cerró e incautó
equipos de tres emisoras que operaban ilegalmente en comunidades de la región
Norte del país.
Los operativos regulatorios se enmarcan dentro
de las acciones para reorganizar el espectro radioeléctrico, en las que se
encuentra enfocada la institución. Además responden a denuncias de la
Asociación Dominicana de Radiodifusoras (ADORA).
El
presidente del Indotel, José Del Castillo Saviñón, informó que las emisoras
radiodifusoras clausuradas operaban de manera ilegal las frecuencias 89.5 MHz,
90.7 MHz y 95.3 MHz, en el municipio de Piedra Blanca y en la localidad de Juma
Bejucal del municipio Bonao de la provincia Monseñor Nouel.
Del
Castillo Saviñón precisó que el operativo que culminó con el cierre de las
emisoras, se realiza “en el ejercicio de las facultades y atribuciones legales
que le confieren los artículos 66, 78, 84 y 112 de la Ley General de
Telecomunicaciones número 153-98” al órgano regulador.
“Cabe
destacar que este operativo ha sido realizado al amparo de las disposiciones
legales que rigen los procedimientos relativos a las inspecciones técnicas, los
allanamientos e incautaciones, conforme el ordenamiento jurídico vigente”,
expresó Del Castillo Saviñón.
Explicó
que “un equipo integrado por funcionarios de la Gerencia Técnica y del
Departamento de Seguridad del Indotel, asistidos de la fuerza pública dirigida
por las autoridades del Ministerio Público, se desplazaron a cada uno de los
lugares identificados previamente mediante comprobaciones técnicas realizadas
por el órgano regulador, como los puntos de transmisión ilegal, y procedieron a
la incautación de los equipos de transmisión de dichas emisoras, así como a la
clausura de las mismas”.
Del
Castillo Saviñón aprovechó para “informar a cualquier persona física o jurídica
que se encuentre operando frecuencias del espectro radioeléctrico sin la debida
autorización, que deberá suspender de manera inmediata la transmisión ilegal de
dichas frecuencias”.
Sostuvo
que estas personas se exponen a “ser sancionado conforme lo dispuesto por el
artículo 109 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, y sin
perjuicio de la adopción de las medidas precautorias que dispone el artículo
112 de dicha Ley, esto es, la clausura, suspensión o incautación de equipos,
según corresponda”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
La Caracola agradece su disposición de contribuir con sus comentarios positivos, siempre basados en el respeto a los demás y en la ética de la comunicación popular.