Subdirector UASD
Barahona afirma el Minerd viola Constitución y Ley 66-97
Por Benny Rodríguez
El
Subdirector de la UASD Centro Barahona, Maestro Manuel Antonio de la
Cruz Fernández, afirmó que el Ministerio de Educación (MINERD), viola la
Constitución de la República y la Ley General de Educación 66-97.
El funcionario
académico, quien también es abogado, señaló que el primero de octubre del año
2013, el Consejo Nacional de Educación, decidió cambiar la estructura académica
del sistema educativo dominicano eliminando el nivel básico y creando en su
lugar el primario.
“La decisión de
eliminar el nivel básico y crear el primario, viola la Ley 66-97 en sus
artículos 32, 35, 36, 37, 38, y 39; el numeral 3, del artículo 63 de la
Constitución”, significó.
Precisó que la
Constitución y la Ley 66-97, reconocen al nivel básico como uno de los niveles
educativos y que, por lo tanto, forman parte de la estructura académica del
sistema.
Dijo que por esa
razón una ordenanza no puede eliminar un nivel y que de ocurrir, como en efecto
ocurrió, constituye en un acto nulo de forma absoluta.
Consideró que por
tratarse de una violación a la Carta Magna y la Ley 66-97, es nulo el diseño
curricular editado por el Minerd para el nivel primario, el cual se asume desde
el año escolar 2013-2014; conforme a los artículos 6 y 69 de la Constitución.
Sostuvo que el
Minerd es el más llamado a cumplir y hacer cumplir la ley, por su compromiso
social y que si deseaba cambiar la estructura académica y el objetivo que es el
nivel básico, debió primero promover la modificación de la Constitución y la
ley 66-97 en los artículos citados”.
“Debió promover esa
intención a través del Pacto Nacional para la Reforma Educativa, que promueve y
ejecuta el gobierno del presidente Danilo Medina, que ha demostrado tener alto
interés por la educación”, observó.
De la Cruz
Fernández, afirmó que una de las características del Derecho, es la generalidad
y obligatoriedad, “es decir, aplicable para quienes gobiernan y los que son
gobernados”.
Señaló que el
artículo 6 de la Constitución dispone que todas las personas y los órganos que
ejercen potestades públicas estén sujetos a la constitución, como norma suprema
y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado; por lo que son nulos de
pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o actos contrarios a
ella.
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