18 de julio de 2016

¡ESA LEY ES UN DESASTRE!

No expedirán revista hasta que no se modifique obsoleta Ley de Tránsito

Revista para vehículo será cosa del pasadoSanto Domingo.-La emisión de la revista para vehículo fue dejada sin efecto hasta tanto sea modificada la Ley de Tránsito y se cree un sistema que garantice el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado ese requisito de circulación.
La información la dio a conocer el director de Tránsito Terrestre, Luis Estrella, quien opina que para la revista funcionar y cumplir su
cometido se debe crear un verdadero sistema, en el que se incluyan talleres certificados para realizar una revisión profunda y asií determinar que los vehículos que circulan por las vías cumplen los requisitos de la ley.
El director de Tránsito Terrestre, aseguró que han optado momentáneamente por detener la emisión de la revista, hasta tanto se modifique la Ley y se cree un sistema con talleres autorizados y certificados por ese organismo, donde realmente se haga una revisión profunda del vehículo, que incluya el motor, y que todo se haga con un criterio moderno.  
Otras experiencias
Estrella precisó que en países como México y España, a los vehículos de 4 y 5 años no los revisan, porque se consideran nuevos. “Ya lo hacen después de los cinco años, en talleres especializados para eso”, agregó.
Dijo que Impuestos Internos emite placas a vehículos que no están en condiciones para circular por las vías del país, precisamente por la falta de ese mecanismo efectivo para revisarlos y determinar si pueden estar rodando en las carreteras y calles.
Afirmó que a eso se debe que tantas “chatarras” circulen, lo que representa un gran peligro, no solo de contaminación, sino de potenciales accidentes.
Dice que ese organismo trabaja con lo que establece el artículo 210 de la ley 241 sobre tránsito, y cuando se creó esa ley, aquí quizás existían 50 mil vehículos, mientras en la actualidad el parque vehicular, incluyendo carros, motocicletas, camionetas, patanas y camiones, supera los tres millones. 
El artículo 210 de esa ley establece una revisión general del vehículo y sus accesorios. “No establece ningún tipo de investigación que tenga que ver a profundidad con el vehículo y nosotros en ese caso lo que podemos hacer es no emitirle la revista a ese vehículo”, agregó.  Sostiene, sin embargo, que nada impide que ese vehículo circule, aunque tránsito terrestre no emita la revista, porque la DGII le facilita la placa y a eso hay que agregar que en ocasiones la revista es falsificada.
No funcionan tribunales de tránsito
El director de Tránsito Terrestre lamenta que no funcionen los tribunales creados con la finalidad de sancionar las infracciones a la ley 241.
Estrella dijo, además, que de alrededor de un millón 600 mil motociclistas que circulan en el país, apenas 50 mil de ellos cuentan con licencia.
“Aquí la multas se aplican de manera administrativa cuando todo el mundo sabe que debe ser el resultado de una decisión de un tribunal, e inclusive el mismo director de Amet denunció en una ocasión que a cada soldado le ponían una cuota, que se sacaba el nombre de una persona del padrón de la Junta y por eso habían ciudadanos que aparecían multados sin ser notificados de la infracción”, explicó al ser entrevistado por Héctor Herrera en el programa De Agenda que se difunde por Telesistema.
Estrella aclaró que en el sistema de Tránsito Terrestre sí aparece registrado cuando un ciudadano es multado, pero por eso a nadie se le puede negar la renovación de la licencia, porque la ley no lo establece.
Indicó que aquí el problema del tránsito, más que educativo es cultural, y lo demuestra que al llegar a otros países los dominicanos cumplen la ley al pie de la letra.
Fuente: Listín Diario.-

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